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La Secretaría de Agricultura oficializó los productos que ingresan al dólar agro

Redacción - 17 abril, 2023

A través de la Resolución 138/2023, la Secretaría de Agricultura informó los productos de las economías regionales que podrán exportar al tipo de cambio diferenciado de $300.

La Secretaría de Agricultura avanzó con la implementación del Programa de Incremento Exportador (PIE) para economías regionales, el cual regirá hasta el próximo 31 de marzo y consistirá en un tipo de cambio diferencial a $300, conocido también como dólar agro.

 

En la Resolución 138/2023 publicada en el Boletín Oficial con la firma del secretario de Agricultura, Juan José Bahillo, se determió los productos que son alcanzados por el “dólar agro”, entre ellos: muchos productos de la pesca, miel natural, hortalizas secas, aceitunas, garbanzos, porotos y las demás legumbres, arvejas, espárragos, limones y su aceite natural, frutos secos, uvas y pasas, cerezas ácidas, ciruelas, ajos, porotos, y arándanos rojos, mirtilos y demás frutos del género Vaccinium.

 

Además, estarán contemplados por la medida oficial: té verde y negro, maíz pisingallo, maní en sus distintas variedades, aceite de maní, aceites de pescado, ceras vegetales, aceite de oliva, aceite de jojoba, maíz dulce, extractos de carne bovina, preparaciones de pescado, vinos, tabaco, harina de carne y pescado, forestación, lanas, aceite de limón, entre otros productos.

 

En tanto, no se encuentran contemplados los productos lácteos —que había sido pedido por gobernadores del centro del país que se considerara su incorporación—, peras, manzanas, yerba mate, algodón, entre otras producciones. No obstante, en las últimas horas trascendió que a lo largo de la semana continuarán las reuniones del Gobierno con diversos sectores, con el objetivo de continuar sumando más productos al programa, por lo que los productos previamente mencionados podrían terminar siendo alcanzados por el tipo de cambio diferencial.

 

Para acceder al tipo de cambio diferencial, entre otros requisitos, los sectores que aparecen en el listado oficial tendrán que cumplir los acuerdos de precios para el mercado local que establezca la Secretaría de Comercio Interior.